Abogados especialistas en accidentes de tráfico

Somos abogados especializados en accidentes de tráfico. Las indemnizaciones por los daños y perjuicios sufridos en accidentes de tráfico se hallan reguladas mediante un sistema legal muy dinámico en el que continuamente surgen nuevas normativas así como nuevas interpretaciones jurisprudenciales. Ello hace que los abogados que se dedican a esta materia del ordenamiento jurídico deban ser especialistas en el Derecho de la Circulación.

Máxima indemnización en el menor tiempo

El equipo de Mainca trabajará en todo momento para conseguir la máxima indemnización posible y de la forma más rápida posible. Para ello contamos con un equipo de profesionales compuesto por abogados especialistas en accidentes de tráfico, médicos especializados en la valoración del daño corporal, expertos reconstructores de accidentes y profesionales especialistas en la gestión de reclamaciones.

¡Solo cobramos cuando 
usted cobra!

Si nos confía la gestión de su reclamación no le exigiremos ninguna cantidad por adelantado. Durante todo el proceso no queremos causarle ningún gasto añadido. Una vez usted haya sido indemnizado nos reintegrará el porcentaje que hayamos acordado. Si no conseguimos ninguna indemnización no le cobraremos nada por las gestiones.

Indemniza-
ción por Daños Personales

En el caso de que haya resultado lesionado en un accidente de tráfico, ya sea como ocupante del vehículo responsable, como conductor u ocupante del vehículo inocente, o bien como peatón, tiene derecho a ser indemnizado por los siguientes conceptos:
  • Días de perjuicio personal muy grave: son aquellos en los que el lesionado pierde temporalmente su autonomía personal para realizar la casi totalidad de actividades esenciales de la vida. El ingreso en una unidad de cuidados intensivos contituye este tipo de perjuicio.
  • Días de perjuicio personal grave: son aquellos en los que el lesionado pierde de forma temporal su autonomía personal para hacer una parte relevante de las actividades esenciales de la vida. La estancia hospitalaria constituye este tipo de perjuicio.
  • Días de perjuicio personal moderado: son aquellos días en los que el lesionado no puede llevar a cabo una parte relevante de sus actividades específicas de desarrollo personal. El estado de baja laboral constituye este tipo de perjuicio.
  • Días de perjuicio personal básico: son aquellos días hasta su total curación que no le hayan incapacitado para su ocupación o actividad habitual.
  • Secuelas: son aquellas lesiones permanentes que persisten después de la curación. Se otorga una puntuación a cada secuela teniendo en cuenta su intensidad y gravedad desde el punto de vista físico o biológico- funcional.
  • Daños materiales: son aquellos objetos rotos o dañados en el accidente (ropa, casco, móvil, etc…).
  • Gastos derivados del accidente: son todos aquellos gastos que han sobrevenido a raíz del accidente (medicamentos, desplazamientos, ayuda a las tareas del hogar, etc…).
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